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lunes, 19 de mayo de 2014

Incremento de la autonomía de los municipios en urbanismo

Incremento de la autonomía de los municipios en urbanismo
El Departamento de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes ha impulsado una nueva Ley de Urbanismo de Aragón que modifique la Ley 3/2009 con el fin de permitir a los ayuntamientos tener más autonomía en su gestión urbanística.
Las competencias del Gobierno del Gobierno de Aragón se centrarán en los instrumentos de planeamiento general que son los que implican una estructuración del territorio y son más relevantes.
Lo que se prevé con esta modificación es que los informes de la Comunidad autónoma al planeamiento de desarrollo puedan ser facultativos.

Con ello, se consigue agilizar la gestión urbanística, y se da autonomía a los ayuntamientos en el desarrollo de su planeamiento urbanístico. De este modo, sin la obligatoriedad de pedir un informe a la comunidad autónoma, se reconoce tanto la capacidad técnica como la capacidad para desarrollar los documentos necesarios por parte de los municipios. Se suma a estas ventajas el hecho de que se consigan acortar los plazos.

La modificación afecta a la intervención facultativa del órgano autonómico con respecto al planeamiento de desarrollo, se consideran incluidos en el mismo los planes que tengan por objeto el desarrollo del planeamiento general, y las modificaciones de menor entidad del Plan General.

jueves, 20 de marzo de 2014

Plan Urbanístico

El Plan General de Ordenación Urbana Municipal define el modelo de estructura urbana y su desarrollo, realizando la clasificación del suelo.

 El Plan General utiliza planes de nivel inferior, conocidos como “planes derivados”, para completar el desarrollo del planeamiento y son:

 -Planes Especiales de Reforma Interior (PERI), se centran en cómo modernizar y/o remodelar determinadas zonas de la ciudad, es decir, operan sobre el suelo urbano. 

 -Planes Parciales de Ordenación (PP), actúan sobre el suelo urbanizable programado, que es el suelo al cual el Plan General ya ha asignado usos del suelo, áreas de reparto de beneficios y cargas con su aprovechamiento tipo, sistemas generales y etapas de ejecución.

 -Programas de Actuación Urbanística (PAU), operan sobre el suelo urbanizable no programado, que es aquel que el Plan General deja la determinación de usos del suelo y etapas de ejecución para un momento posterior en función del desarrollo municipal, este tipo de suelo precisará de dos instrumentos de desarrollo: el propio Programa de Actuación Urbanística, y un Plan Parcial.

 -Planes Especiales (PE), operan en el desarrollo de las infraestructuras básicas, redes de suministro y sistemas de comunicación y establecen, protegen y mejoran las zonas verdes y espacios naturales.

 -Estudios de detalle (ED), complementan el planeamiento ajustando las alineaciones y rasantes, ordenando volúmenes y redes de comunicaciones interiores.

lunes, 7 de octubre de 2013

Solicitud de información urbanística

La página web del Ayuntamiento de Zaragoza ha dispuesto un herramienta por la que particulares, empresas y asociaciones pueden consultar el régimen urbanístico aplicable a su finca, polígono o sector de la ciudad según la legislación.

Esta información puede solicitarse de forma presencial en la Sección de Información Urbanística (SIAC), por teléfono o por vía telemática, a través de la página web del Ayuntamiento de Zaragoza (Ayuntamiento de Zaragoza. Información urbanística)

Para poder recibir la información es necesario identificar con exactitud la finca, polígono o sector objeto de la consulta. Si fuera posible, deberá aportarse también un mapa de situación del inmueble, para que este quede identificado de forma inequívoca.


miércoles, 10 de julio de 2013

Nueva Ley de Urbanismo de Áragón

El pasado 23 de mayo las Cortes de Aragón aprobaron la nueva Ley de Urbanismo de Aragón, que pretende dar cobertura a las necesidades de la realidad actual y normativa existente en nuestro país.

Entre las principales novedades de esta norma puede destacarse la simplificación de este texto legal con respecto al anterior, más complejo, cuya redacción dificultaba, en ocasiones, la aplicación de la norma.

Por otra parte, la nueva ley trata de introducir la simplificación de los trámites legales y concretar las competencias de cada uno de los agentes con responsabilidad en el plano urbanístico. En este sentido, se introduce una reducción de los plazos, se establece el silencio administrativo positivo para aquellos casos en los que la legislación administrativa no establezca otra cosa y se elimina el Consejo de Urbanismo de Aragón por entender que sus funciones pueden ser asumidas por otros órganos de la administración.

En este sentido, se han reducido las competencias de lo público, dando más margen a la iniciativa privada. De esta forma se ha centrado las competencias del Gobierno de Aragón en el planeamiento general.

Cabe destacar también la modificación introducida en el ámbito de la licencia urbanística, limitando su contenido. En este sentido, también se introduce la regulación de la regulación de la comunicación previa y la declaración responsable, limitando los casos en los que es necesario pedir una licencia expresa de la Administración.

En otro orden de las cosas, la norma tiene por objeto la rehabilitación de zonas urbanas. Por ello, se crea la figura del Plan de Rehabilitación.

Por último, los requisitos de la ley aparecen flexibilizadas para los municipios, de forma que estos puedan escoger los usos que dar al territorio, según el planeamiento que aprueba cada Ayuntamiento.

Para finalizar, debemos recordar que el vigor de la anterior Ley de Urbanismo no cesa hasta el próximo día 6 de agosto, por lo que todavía debe esperarse para conocer los efectos de esta nueva regulación.

sábado, 8 de junio de 2013

Gestión urbanística.

La gestión urbanística esta formada por las actuaciones y procedimientos necesarios para la transformación del suelo, sobre todo para su urbanización y edificación.
El abogado de urbanismo asesorará a los clientes con la redacción de los documentos correspondientes, el desarrollo del planeamiento, la constitución y la gestión de las entidades urbanísticas colaboradoras.
Además se acompañara a los clientes en todo el proceso de financiación hasta la entrega de las parcelas. 

Para más información, póngase en contacto con César David Ciriano Vela.