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domingo, 2 de marzo de 2014

¿En qué consiste la declaración responsable?

La declaración responsable es el documento suscrito por la persona titular de una actividad empresarial o profesional en el que declara, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente, que dispone de la documentación que así lo acredita y que se compromete a mantener su cumplimiento durante la vigencia de la actividad.

Están sujetas a declaración responsable:

1. La ejecución de obras menores, que conlleven condiciones de seguridad o protección, por necesitar colocación de andamios, que deberán tramitarse conjuntamente, afectar a edificios o conjuntos incluidos en el Catálogo de Edificios Urbanos Protegidos del Plan General, tratarse de edificaciones fuera de ordenación, o requerir a juicio de los servicios técnicos dirección facultativa o justificaciones técnicas:
a. En viviendas
b. En locales 
c. Obras exteriores

 2. Supresión de barreras arquitectónicas e instalación de ayudas técnicas que no afecten a elementos estructurales.

3. Realización de sondeos y prospecciones en terrenos de dominio privado u otros trabajos previos y ensayos a las obras de construcción, bajo dirección facultativa, consistentes en la realización de ensayos para el conocimiento del comportamiento estructural de una edificación.

4. Apertura de zanjas y calas en terrenos privados para la exploración de cimientos que se realicen bajo dirección facultativa.

 5. Cerramiento, vallado de obras, fincas o solares con postecillos y mallas, sin perjuicio del cumplimiento de la normativa específica.

6. Elementos auxiliares y complementarios de la construcción:
-Aparatos elevadores de materiales, silos, casetas de obra para trabajadores, etc.
-
Plataformas elevadoras y andamios eléctricos.

domingo, 25 de agosto de 2013

Licencia de obras menores

Las obras menores son aquellas que por su sencillez o por su escasa entidad económica no necesitan de un proyecto técnico para realizarse. Por ejemplo, se considerarían obras menores aquellas que tuvieran como finalidad el embellecimiento o la mera reparación de alguna parte del inmueble.

Por otra parte, no se consideran como obras menores aquellas que supongan la modificación estructural de un edificio o de su distribución.

Dependiendo de las circunstancias concurrentes, estas obras pueden estar sometidas a los procedimientos de Comunicación previa o Declaración responsable.

La primera de ellas, la Comunicación previa, es un trámite administrativo por el cual se pone en conocimiento de la Administración Pública sus datos identificativos y el cumplimiento de los requisitos exigibles para el comienzo de la obra en cuestión.

La falsedad, error u omisión de la información facilitada en esta Comunicación dará derecho a la Administración Municipal para imposibilitar la continuidad de la obra, sin perjuicio de imponer las correspondientes sanciones aplicables al caso.

Por su parte, la Declaración responsable es un documento firmado por el interesando por el que este afirma que cumple con los requisitos legales para realizar la obra en cuestión y se compromete a cumplirlos hasta la finalización de la misma. Esta declaración produce efectos desde el mismo día de su presentación. No obstante, debe tenerse en cuenta que la Administración podrá realizar las comprobaciones que considere oportunas para verificar el cumplimiento de la legalidad.


martes, 11 de junio de 2013

Licencia de obra menor.

Para aquellas obras o reformas que no supongan la alteración alguna de volumen, servicios de uso común, que no afecten a la composición exterior o a las condiciones de habitabilidad y seguridad, será necesario poseer de una licencia de obra menor.
Para que usted no tenga que preocuparse de nada puede contar con los servicios de un abogado de urbanismo, que le aconsejara y se encargara de todo el proceso para que usted obtenga su licencia de obras.