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jueves, 17 de septiembre de 2015

Licencias urbanísticas

Licencias urbanísticas
Las licencias urbanísticas son necesarias para todos los actos de edificación y uso del suelo. Constituyen, dentro de las autorizaciones, una característica modalidad de la intervención municipal en las actividades de los administrados. Su objeto es garantizar el desarrollo de las actividades conforme a los límites establecidos en el ordenamiento jurídico, fundamentalmente por razones urbanísticas y de seguridad, higiene y estética. Nuestro despacho en Zaragoza cuenta con los mejores abogados expertos en derecho urbanístico perfectamente cualificados para tramitar todo tipo de licencias ante la Administración.

Las solicitudes de licencias deben ir acompañadas de un proyecto técnico suscrito por un profesional habilitado, normalmente con el visado del correspondiente Colegio Profesional, que acredita la colegiación del profesional y el adecuado cumplimiento del ordenamiento urbanístico por el proyecto. Una vez que nuestros abogados hayan presentado la licencia, la competencia para otorgar licencias o denegarlas corresponde al Alcalde, en la mayoría de los casos, salvo que expresamente se atribuya a otro órgano municipal. En cualquier caso, es la Administración quien debe resolver.

Las licencias municipales no pueden alterar situaciones jurídicas privadas, por lo que se otorgan con una salvedad: el derecho de propiedad y sin que afecte a un tercero. Si el proyecto afecta al dominio público, es posible que se deniegue la licencia. Si desea asesoramiento sobre estas cuestiones, le recomendamos que no dude en visitar nuestro despacho de abogados, estamos en Zaragoza para ayudarle.

lunes, 23 de diciembre de 2013

Licencia de actividad clasificada

La licencia de actividad clasificada se requiere a aquellas empresas que realicen actividades molestas, insalubres, nocivas o peligrosas. Este permiso tiene por objeto evitar que determinadas actividades empresariales creen molestias o daños a las personas o al medio en el que se encuentran.

Esta licencia deberá obtenerse antes de comenzar la actividad empresarial, pues sin ella su desarrollo sería ilegal y será objeto de una única resolución junto con la licencia urbanística.


Para conseguir la citada licencia debe presentarse toda la documentación necesaria en los Ayuntamientos del lugar donde la empresa vaya a desarrollar su actividad. Debe tenerse en cuenta que la documentación requerida es muy extensa, dada la importancia que tiene para el bienestar social la obtención de este permiso y se encuentra recogida en la Ley 7/2006 de Protección Ambiental de Aragón. 

Además, debe tenerse en cuenta que si la actividad se encontrara sometida a la evaluación del impacto ambiental, a la documentación debería añadirse un estudio de impacto ambiental.

Este trámite administrativo se gestiona por el procedimiento ordinario.



miércoles, 10 de julio de 2013

Nueva Ley de Urbanismo de Áragón

El pasado 23 de mayo las Cortes de Aragón aprobaron la nueva Ley de Urbanismo de Aragón, que pretende dar cobertura a las necesidades de la realidad actual y normativa existente en nuestro país.

Entre las principales novedades de esta norma puede destacarse la simplificación de este texto legal con respecto al anterior, más complejo, cuya redacción dificultaba, en ocasiones, la aplicación de la norma.

Por otra parte, la nueva ley trata de introducir la simplificación de los trámites legales y concretar las competencias de cada uno de los agentes con responsabilidad en el plano urbanístico. En este sentido, se introduce una reducción de los plazos, se establece el silencio administrativo positivo para aquellos casos en los que la legislación administrativa no establezca otra cosa y se elimina el Consejo de Urbanismo de Aragón por entender que sus funciones pueden ser asumidas por otros órganos de la administración.

En este sentido, se han reducido las competencias de lo público, dando más margen a la iniciativa privada. De esta forma se ha centrado las competencias del Gobierno de Aragón en el planeamiento general.

Cabe destacar también la modificación introducida en el ámbito de la licencia urbanística, limitando su contenido. En este sentido, también se introduce la regulación de la regulación de la comunicación previa y la declaración responsable, limitando los casos en los que es necesario pedir una licencia expresa de la Administración.

En otro orden de las cosas, la norma tiene por objeto la rehabilitación de zonas urbanas. Por ello, se crea la figura del Plan de Rehabilitación.

Por último, los requisitos de la ley aparecen flexibilizadas para los municipios, de forma que estos puedan escoger los usos que dar al territorio, según el planeamiento que aprueba cada Ayuntamiento.

Para finalizar, debemos recordar que el vigor de la anterior Ley de Urbanismo no cesa hasta el próximo día 6 de agosto, por lo que todavía debe esperarse para conocer los efectos de esta nueva regulación.

viernes, 7 de junio de 2013

Licencia urbanística.

Para la realización de cualquier tipo de construcción es necesario un permiso de construcción o licencia urbanística.
Con ello tendremos la autorización municipal para realizar distintos tipos de obras según lo dispuesto en la normativa urbanística.
En nuestro despacho de abogados le asesoraremos en la tramitación de licencias urbanísticas.

Ante cualquier problema o duda que le surja póngase en contacto con nosotros.