martes, 13 de febrero de 2018

¿Puedo edificar en zona verde?.

¿Puedo edificar en zona verde?.
Al igual que ocurre en otras áreas del Derecho, la materia urbanística es susceptible de que existan infracciones.

Hay que tener en cuenta que en materia de urbanismo las Comunidades Autónomas tienen sus propias normas, lo cual quiere decir que la legislación puede cambiar de una a otra y también sus sanciones. En cualquier caso las infracciones se pueden clasificar en tres grupos: graves, muy graves y leves.
  • Graves
    En la mayor parte de las Comunidades se considera grave incumplir las órdenes de paralización y de ejecución de una obra o servicio.
  • Muy graves
    Se trata de conductas tales como realizar parcelaciones en terreno no edificable; edificar en zonas que tenga la consideración de zonas verdes, espacios libres, equipamientos y dotaciones de dominio público, sistemas generales y suelo no urbanizable protegido; etc.
  • Leves
    Es una categoría residual, donde se encuentran aquellas conductan que no se consideran graves o muy graves. Un ejemplo sería hacer algún tipo de acción u omisión que, aunque en un principio se considere grave, supone un daño producido o riesgo muy escaso.
Si se tienen dudas sobre alguna actividad o hecho concreto es muy importante consultar con un abogado antes de llevarlo a cabo, para evitar estas infracciones que acabamos de comentar. En Derecho administrativo la forma de sancionar es generalmente a través de multas, las cuales pueden suponer cuantías muy elevadas. Tanto las personas físicas como las jurídicas -empresas- pueden ser sancionadas. Por todos estos motivos es mejor no arriesgarse y estudiar con detenimiento el proyecto que vamos a realizar, asegurándonos de que cumple todos los requisitos legales.
Si este es su caso o necesita cualquier otra información no dude en comunicarse con nuestro Despacho de Zaragoza. Para una atención más rápida y eficaz le recomendamos que pida una cita previa por teléfono o mediante nuestra web.